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¿QUÍENES SOMOS?

Somos un Organismo Público Descentralizado por Servicio de carácter Municipal, denominado Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Chimalhuacán (ODAPAS), es un Organismo no lucrativo con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tiene como finalidad principal proporcionar oportunamente los servicios de agua potable y alcantarillado en el municipio de Chimalhuacán, actuando con base en las atribuciones que establecen las disposiciones legales vigentes, teniendo como objetivos el servicio social y el beneficio colectivo.

CONSEJO DIRECTIVO DEL ODAPAS 2022-2024

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XÓCHITL FLORES JIMÉNEZ 
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE CHIMALHUACÁN 2022-2024

 

ING. JUAN FIDENCIO GARCIA
TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE LICITACIONES ADQUISICIONES E INFORMES 

REPRESENTANTE DEL AYUNTAMIENTO

 

FAUSTINO FELIMÓN MÉNDEZ LÁZARO
PRIMER SINDICO MUNICIPAL

COMISARIO


 

ARQ. JOSÉ REFUGIO MARTÍNEZ MAGALLÓN
GERENTE REGIONAL DE OPERACION TEXCOCO

REPRESENTANTE DE LA CAEM

 

LAURA MARTÍNEZ GONZÁLEZ
VOCAL 1

 

MA. SUSANA LAURA ZAMARRIPA
VOCAL 2

 

GUILLERMO PERALTA BAUTISTA
VOCAL 3

 

ANTECEDENTES 

En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, el titular del ejecutivo federal estableció la pauta para la modernización y descentralización de la vida nacional, disponiendo para tal fin, entre otros, la implantación del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado, puesto en marcha el 17 de mayo de 1990 en la ciudad de los Mochis Sinaloa.
 

A partir de 1991, el gobierno del Estado de México se integró a la política hidráulica federal, con el propósito de dar congruencia a sus acciones con los objetivos nacionales, e inicio las actividades de descentralización de los servicios de agua potable y alcantarillado en el estado, mediante un programa coordinado entre la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento, hoy Comisión del Agua del Estado de México CAEM y la Coordinación General de Apoyo Municipal, en el cual se desarrolló entre otras las siguientes actividades sustantivas: Seleccionar municipios en base a pre diagnósticos sobre factibilidad de crear organismos operadores. Como resultado de estas acciones, en abril de 1992 se creó la Dirección General de Coordinación con Órgano Operadores (DGCOO), adscrita a los lineamientos de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. Para fundamentar sus objetivos de promover y llevar a cabo la descentralización de los servicios, se publicó la Ley de Organismos Públicos Descentralizados de Carácter Municipal para la prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillados y Saneamiento en octubre de 1999.
 

Derivado de la reestructuración del subsector hidráulico estatal, esta Dirección General se integró a la Comisión del Agua del Estado de México, a partir del 18 de enero de 1999, fecha en que se publicó en la Gaceta del Gobierno la Ley que crea al Organismo Público Descentralizado Denominado Comisión del Agua del Estado de México.
 

Por otra parte, como antecedente principal de la actual Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Chimalhuacán, se tiene registro que con fecha 14 de mayo de 1977, los usuarios titulares del entonces Sistema de Agua Potable de los Barrios del Municipio de Chimalhuacán, y ante la presencia de funcionarios públicos del Ayuntamiento, se reunieron en la escuela “Francisco Sarabia”, con el fin de nombrar un Presidente del Sistema de Agua Potable del Municipio, siendo designado el C. Javier Buendía Buendía.
 

Asimismo, con fecha 23 de mayo de 1983, ante la presencia del Lic. Gabriel M. Ezeta Moll, Notario Público Número 15 de la Ciudad de Toluca, Estado de México, hizo constar la integración del Consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado denominado “Agua y Saneamiento de Chimalhuacán”, cuya existencia jurídica se origina en la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado por servicios de carácter paramunicipal denominado “Agua y Saneamiento de Chimalhuacán”, según el decreto número 171, y publicado en la gaceta de gobierno el 13 de octubre de 1983; de igual forma dicha Ley regulaba los fines, atribuciones, patrimonio, organización, control y vigilancia y prerrogativas y franquicias del Organismo Descentralizado.
 

Posteriormente el 08 de octubre de 1991, por decreto del Ejecutivo Estatal se promulga la “Ley de Organismos Públicos Descentralizados de carácter Municipal para la Prestación de los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento” por virtud de la cual se regularían los organismos municipales, descentralizados por servicio, en materia de agua.
 

El 04 de febrero de 1994, el Ejecutivo Estatal aprueba el decreto de la Legislatura número 19, en el que en su artículo único establece que “El Organismo Público Descentralizado por Servicios de carácter municipal, denominado Agua y Saneamiento de Chimalhuacán, se sujetara…” a la referida Ley y en su artículo SEGUNDO Transitorio instruye que “Se derogan las disposiciones del decreto número 171… excepto la relativa a la creación del Organismo… que tendrá el carácter de Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Chimalhuacán”.
 

Así el 10 de febrero de 1999, el Ejecutivo del Estado Promulgó la “LEY DEL AGUA” vigente para el Estado Libre y Soberano de México, la cual en sus disposiciones transitorias ordena:


TERCERO. Se abroga la Ley sobre la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado en el Estado de México, publicada en la “Gaceta de Gobierno” el 14 de agosto de 1982. 
 

CUARTO. Se abroga la Ley de Organismos Públicos Descentralizados de carácter Municipal para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Chimalhuacán, publicada en la “Gaceta de Gobierno”, el 9 de octubre de 1991. 
 

QUINTO. Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que se contrapongan a la presente ley. 
 

SEXTO. Los organismos o comités prestadores de los servicios públicos de suministro de agua potable, drenaje y tratamiento de aguas residuales a partir de la fecha de publicación de la presente ley deberán someterse a sus disposiciones.
 

Posteriormente se expide la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" de fecha 22 de julio de 2011, misma que se abroga el 15 de febrero de 2013. Actualmente se encuentra vigente la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios publicada el 22 de febrero de 2013, atendiendo este Organismo Operador de Agua, las disposiciones que en ella se establecen.

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